EL POSTORRemates de Costa Rica
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Lección 9 de 12 5 min

El depósito del 50 % y los requisitos

Cuánto llevar, en qué forma exacta, qué documentos, y qué pasa si después no pagás.

Llegamos a la parte concreta: qué hay que llevar para que te dejen ofertar. Acá no hay espacio para la improvisación, porque si el depósito no está en la forma exacta que pide la ley, simplemente no participás.

«El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50 %) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones.»
Código Procesal Civil, artículo 159

Los cuatro requisitos, desarmados

1. El 50 % de la base

De la base de esa subasta, no de lo que pensás ofertar. Si la base es ₡50 millones, el depósito es ₡25 millones, ofertés lo que ofertés por encima.

SubastaBaseDepósito
Primera₡50.000.000₡25.000.000
Segunda₡37.500.000₡18.750.000
Tercera₡12.500.000El 100 % de tu oferta

2. En una de las formas admitidas

  • Efectivo.
  • Entero bancario a la orden del tribunal (el más usado: se hace en el banco a nombre del despacho).
  • Cheque certificado de un banco costarricense. Certificado, no cheque común, y de banco nacional.
  • Un mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago.

3. Señalar medio para notificaciones

Un correo electrónico o el medio que el despacho acepte. Es obligatorio y es por donde te van a llegar las resoluciones posteriores. No lo dejés al azar: si no te enterás de algo a tiempo, el problema es tuyo.

4. Identificarte

Las personas físicas, con la cédula o documento de identidad. Si ofertás a nombre de una sociedad, llevá la personería jurídica vigente que acredite que podés representarla.

El acreedor no deposita (pero tiene un techo)

«El acreedor que tenga derecho preferente de pago no estará obligado a hacer depósito para participar, siempre que la oferta fuera en abono a su crédito, el que para este efecto se fija en el capital más el cincuenta por ciento (50 %). Si ofreciera una suma que supere su crédito, deberá depositar para participar.»
Código Procesal Civil, artículo 159

Qué pasa si ganás y no pagás

Si en el acto no pagás la totalidad de lo ofrecido, tenés hasta el tercer día para depositarla. Si no lo hacés, el remate se declara insubsistente y el golpe es serio:

«Si el mejor oferente no consignara el precio dentro del plazo señalado, se tendrá por insubsistente el remate. El treinta por ciento (30 %) del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios y el resto en abono al crédito al acreedor ejecutante de grado preferente. […] Declarada la insubsistencia de la subasta, se ordenará celebrarla nuevamente y el depósito para participar será de la totalidad de la base.»
Código Procesal Civil, artículo 162

Lo que cuesta no pagar a tiempo

Depósito entregado (50 % de una base de ₡50M)
₡25.000.000
Se entrega a los ejecutantes como daños y perjuicios (30 %)
₡7.500.000
El resto se abona al crédito del acreedor preferente
₡17.500.000
Lo que recuperás
₡0

Perdés el depósito completo y además el bien se vuelve a rematar. Por eso la regla de oro: no ofertés un colón que no tengas líquido para el tercer día.

Y hay un efecto colateral que casi nadie ve venir: declarada la insubsistencia, la nueva subasta se celebra con un depósito de participación del 100 % de la base, no del 50 %. Quien tumbó el remate le encarece la entrada a todo el mundo, incluido a sí mismo.

Checklist para llevar el día del remate

  • Cédula o documento de identidad vigente.
  • Personería jurídica, si ofertás por una sociedad.
  • El depósito del 50 % en la forma que confirmaste con el despacho.
  • Copia del edicto con el número de expediente.
  • El correo o medio de notificaciones que vas a señalar, ya decidido.
  • Tu tope de oferta escrito en un papel. En serio: escrito.

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