Remate judicial · Judicial · Fuente: poder-judicial-boletin
Remate judicial de Nissan Almera SG 2007 (placa 681651) · Costa Rica
Características
- Tipo de vehículo
- Automóvil
- Marca
- Nissan
- Modelo
- Almera SG
- Placa
- 681651
- Año
- 2 007
- Puertas
- 4
- Pasajeros
- 5
Descripción
En este Despacho, Con una base de SETECIENTOS NOVENTA MIL VEINTINUEVE COLONES EXACTOS, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 681651, Marca: NISSAN, Estilo: ALMERA SG Categoría: AUTOMOVIL, Capacidad: 5 personas, Carroceria: SEDAN 4 PUERTAS, Tracción: 4X2, Color: DORADO y Año Fabricación: 2007. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del dos de noviembre de dos mil veintiséis. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintiséis con la base de QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTIÚN COLONES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiséis con la base de CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SIETE COLONES CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en PROCESO EJECUCIÓN PRENDARIA de GRUPO CANAFIN S.A. contra [nombre omitido por privacidad] EXP:26-009279-1044-CJ JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. 28 de setiembre del año 2026. Audrey Abarca Quiros, Juez/a Decisor/a.
Rondas del remate
- Primer remate Ronda vigente2 nov 2026, 5:00 p. m. Base: ₡790 029
- Segundo remate Próxima10 nov 2026, 5:00 p. m. Base: ₡592 522
- Tercer remate Próxima18 nov 2026, 5:00 p. m. Base: ₡197 507
El edicto fija de una vez las fechas y bases de todas las rondas. Si un remate se declara desierto, el proceso continúa en la ronda siguiente con la base rebajada, sin que se publique un aviso nuevo en el Boletín.
Requisito para participar
Depósito estimado: ₡395 015En remates judiciales, el artículo 159 del Código Procesal Civil exige depositar el 50% de la base mediante efectivo, entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o un mecanismo tecnológico autorizado. Aplican excepciones legales; verificá el edicto.
Información del proceso
- Expediente
- 26-009279-1044-CJ
- Acreedor ejecutante
- GRUPO CANAFIN S.A.
- Despacho o lugar del remate
- JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ
- Gravámenes y anotaciones
- libre de gravámenes y anotaciones
Fuente consultada el 12 oct 2026
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