Remate judicial · Judicial · Fuente: poder-judicial-boletin
Remate judicial de Hyundai Tucson 2008 (placa ABS531) · Costa Rica
Características
- Tipo de vehículo
- Automóvil
- Marca
- Hyundai
- Modelo
- Tucson
- Placa
- ABS531
- Año
- 2 008
- Puertas
- 4
- Pasajeros
- 5
Descripción
En este Despacho, Con una base de UN MILLÓN MIL SETECIENTOS COLONES EXACTOS, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PLACA ABS531, Marca: HYUNDAI, Estilo: TUCSON, Categoría: AUTOMOVIL, Capacidad: 5 personas, Carroceria: TODO TERRENO 4 PUERTAS, Tracción: 4X2, Color: BLANCO y Año Fabricación: 2008. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiséis. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del uno de octubre de dos mil veintiséis con la base de SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO COLONES EXACTOS (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del doce de octubre del dos mil veintiséis con la base de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO COLONES EXACTOS (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en PROCESO EJECUCIÓN PRENDARIA de ASESORIA PARLAMENTARIA ASEPAR S.A. contra [nombre omitido por privacidad] EXP:26-008417-1044-CJ JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. 29 de agosto del año 2026. Audrey Abarca Quiros, Juez/a Decisor/a.
Rondas del remate
- Primer remate Ronda vigente23 sept 2026, 2:15 p. m. Base: ₡1 001 700
- Segundo remate Próxima1 oct 2026, 2:15 p. m. Base: ₡751 275
- Tercer remate Próxima12 oct 2026, 2:15 p. m. Base: ₡250 425
El edicto fija de una vez las fechas y bases de todas las rondas. Si un remate se declara desierto, el proceso continúa en la ronda siguiente con la base rebajada, sin que se publique un aviso nuevo en el Boletín.
Requisito para participar
Depósito estimado: ₡500 850En remates judiciales, el artículo 159 del Código Procesal Civil exige depositar el 50% de la base mediante efectivo, entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o un mecanismo tecnológico autorizado. Aplican excepciones legales; verificá el edicto.
Información del proceso
- Expediente
- 26-008417-1044-CJ
- Acreedor ejecutante
- ASESORIA PARLAMENTARIA ASEPAR S.A.
- Despacho o lugar del remate
- JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ
- Gravámenes y anotaciones
- libre de gravámenes y anotaciones
Fuente consultada el 14 sept 2026
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