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Remate · Bancario · Fuente: bncr-venta-bienes

Remate bancario de lote en San Juan, Naranjo, Alajuela · Costa Rica

SAN JUAN, Naranjo, Alajuela

Base ₡40 899 616 ≈ ₡17 649,00 por m² de terreno (área publicada)
Fecha del remate 4 de noviembre de 2026 a las 4:00 p. m.

Características

Tipo de propiedad
Lote o terreno
Área del terreno
2 317,39 m²
Área construida
294 m²
Folio real
2-350794-000

Descripción

Terreno agrícola. Topografía ondulada. Pendiente ascendente. Se vende según avalúo 214-20606035079400-2026-R, realizado por el perito Ingeniero Agrónomo Olman A. Quirós Ballestero, 18/09/2026 y con base en el plano A-0498272-199, que está inscrito en Registro en finca 2- 350794-000 (zona catastrada ABRE 0 y no presenta inconsistencia), situado en distrito 06-SAN JUAN, cantón 06-NARANJO, provincia 02-ALAJUELA. Terreno 2.317,39m2 (según estudio registral, plano, zona catastrada). Construcciones: no posee. Según consulta registral: ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY, GRAVAMENES o AFECTACIONES: SI HAY. (1)SERVIDUMBRE TRASLADADA, CITAS: 274-02532-01-0901-002, FINCA REFERENCIA 2133500 000. AFECTA A FINCA: 2-00350794 -000CANCELACIONES PARCIALES: NO HAYANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY. (2)SERVIDUMBRE DE PASO CITAS: 459-06562-01-0002-001INICIA EL: 29-SEP-1998FINCA REFERENCIA 2133500 000AFECTA A FINCA: 2-00350794 -000 CANCELACIONES PARCIALES: NO HAY ANOTACIONES DEL GRAVAMEN: NO HAY. El oferente debe verificar las citas registrales, al firmar la declaración jurada, el presente cartel y pliego de condiciones acepta el gravamen. El terreno no se encuentra marcado ni con cerca, el comprador debe rectificar los linderos. Se advierte El plano de catastro A-0498272-1998 relacionado a la finca 2-350794-000 presenta errores de confección, no cumple con las tolerancias establecidas para su derrotero por “error de área”; el oferente deberá confeccionar un nuevo plano de catastro y asumir cualquier impedimento y/o cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo, quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación, asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión; por lo cual el comprador exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios, perito y Notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por un posible diferencia de cabida. Al verificar la información contenida en el Mapa Catastral se identificó que el acceso a la propiedad corresponde a un camino público, de conformidad con la capa de información denominada “Red Vial”. Sin embargo, el plano catastrado vigente consigna el acceso mediante servidumbre de paso. Asimismo, se observó que una porción del área registral y catastral de la finca coincide con el área destinada a servidumbre, situación que además se encuentra descrita en el plano vigente. En consecuencia, se evidencia la existencia de un área afectada por uso público o una eventual invasión al derecho de vía, el comprador debe de valorar lo expuesto con el profesional del área con el fin de resolver la situación y asumiendo por su cuenta los gastos que genere la demarcación de linderos y rectificación del plano. Según informe avalúo: terreno para uso agrícola, se recomienda solicitar el uso de suelo a la municipalidad correspondiente para asegurarse si es posible construir casa de habitación. asimismo, solicitar a la asada del lugar documentación si el lote sujeto está afectado o no por zona de influencia de fuentes de agua para uso humano que impidan la construcción. además, se recomienda deslindar la finca, por cuanto el plano catastrado A-498272-1998 indica que la servidumbre es parte del lote, lo cual no se cumple ni observa en sitio. (lo que implica que esa área de la finca sujeto afectada por uso público o una eventual invasión al derecho de vía de la misma.).Por otro lado, con el deslinde se define si es servidumbre de paso o calle pública, como indican los vecinos colindantes. La propiedad se encuentra sin ocupantes, se advierte al oferente que en caso de que posterior a la firma de la venta del terreno existan ocupantes y no se retiren del inmueble en forma pacífica corresponderá al comprador demarcar el lote y proceder con el desalojo y asumir los costos que esta gestión genere. El Banco Nacional no cuenta con el documento uso de suelo municipal, por ende, no garantiza que el inmueble sea apto para un uso específico pretendido por el comprador, y no asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva. El Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el mismo deberá aceptar los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentre. El inmueble se vende de contado o con financiamiento presentando una garantía adicional (diferente a la propiedad en venta), aplican restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la propiedad sea garantía a satisfacción del Banco. Se recomienda que el interesado solicite al ejecutivo de venta un pre estudio de crédito antes de ofertar. Consideraciones importantes: Nota 1: El Banco Nacional solicita al oferente que previo a presentar la oferta debe inspeccionar la propiedad en razón de confirmar los linderos que no poseen cerca, lo referente a la servidumbre de paso, uso de suelo, disponibilidad de servicios, la naciente que se menciona. El Banco Nacional recomienda al comprador realizar los estudios y revisiones exhaustivas correspondientes, incluyendo el levantamiento topográfico, la revisión de las anotaciones y/o gravámenes de servidumbre indicados en el avalúo, estudio de registro y en este cartel, así como la verificación de la zona catastrada (Abre 0 y sin inconsistencias) El comprador debe considerar que el perito recomienda la presentación de un nuevo plano, por lo que con la presentación y firma de la declaración jurada y la oferta y pliego de condiciones acepta expresamente la condición del bien, el oferente manifiesta comprender la situación expuesta, acepta voluntariamente adquirir el inmueble en el estado físico, de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentra, bajo su propio criterio y responsabilidad, expresamente declara que tuvo oportunidad suficiente para inspeccionar el inmueble y realizar por su propia cuenta todas las verificaciones que consideró necesarias, por lo que el comprador expresamente manifiesta que acepta los riesgos asociados a las condiciones propias del inmueble, físicas, legales, topográficas, geológicas, ambientales, constructivas, registrales, municipales (accesos, uso de suelo y permisos, si lo requiere y según los necesite), así como lo relativo a uso de suelo y servicios públicos (si lo requiere y según los necesite) y demás circunstancias informadas. El comprador libera al Banco Nacional de Costa Rica, a sus funcionarios, perito y notario, de reclamaciones presentes y futuras relacionadas con condiciones, características o situaciones del inmueble que hayan sido informadas, visibles, verificables o razonablemente determinables mediante la inspección realizada en sitio en la etapa de venta y/o por consulta ante las autoridades competentes, y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirirlo bajo las condiciones en las cuales se encuentra, se reitera que fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a esta Institución. Nota 2: En caso de requerir financiamiento el comprador debe asumir el costo del avalúo de la propiedad ofrecida en garantía, e inspecciones (si aplica), una vez lograda la adjudicación al presentar la solicitud de crédito debe disponer del dinero en una cuenta BN a su nombre para cubrir el monto de contado en un solo tracto. Según corresponda, el costo de los timbres de traspaso (de la propiedad en venta) y los timbres de hipoteca (de la propiedad ofrecida en garantía), son montos que deben ser asumidos por el adjudicatario de contado y en un solo tracto el día de la firma, los mismos serán calculados y cobrados en razón de lo establecido por el Registro Nacional de Costa Rica. Nota 3: El rubro por concepto de póliza de Vida, Hogar (si aplica) y las inspecciones por condicionamientos de la aseguradora (si aplica), serán asumidos por el adjudicatario de contado y en un solo tracto el día de la firma, estos rubros NO son financiables. El monto aproximado anual de la póliza de vida es de: ¢170,000.00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros). Pendiente cotizar la póliza Hogar sobre la propiedad ofrecida en garantía dependiente del resultado valor avalúo realizado para este efecto. Nota 4: El adjudicatario con la firma de la declaración jurada, que es parte del cartel de oferta y pliego de condiciones, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos anteriores a la adjudicación en firme de la propiedad al Banco Nacional de Costa Rica, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente, así como realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras del servicio a fin de constatar la posibilidad de habilitar o no los servicios, así como la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. El Banco Nacional advierte que la propiedad no tiene conectados los servicios públicos, por lo que el eventual adjudicatario de la propiedad debe realizar las gestiones correspondientes para la instalación de los servicios públicos, así como asumir los gastos que esta gestión genere. El Banco Nacional manifiesta que no tiene conocimiento si la zona posee inconvenientes para habilitar los servicios, por lo que no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Nota 5: Para todos los casos donde el aporte supere los $10.000 (diez mil dólares US o su equivalente en colones), los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada de origen de fondos por medio de su abogado de confianza y presentarse a la oficina BN de su preferencia para actualizar los datos y el perfil financiero (KYC). El adjudicatario/cliente está obligado, por la ley 8204 sobre estupefacientes, sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, a mantener actualizada su información personal y presentar la documentación que respalde el origen de los fondos del aporte como parte de las condiciones de venta una vez presentada su oferta y adjudicada por el Comité de Adjudicación de Bienes Temporales.

Fuente consultada el 28 oct 2026

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