Remate · Bancario · Fuente: bncr-venta-bienes
Remate bancario de casa en Orotina, Alajuela · Costa Rica
OROTINA, Alajuela
Características
- Tipo de propiedad
- Casa o apartamento
- Área del terreno
- 117 m²
- Área construida
- 98 m²
- Habitaciones
- 3
- Baños
- 1
- Folio real
- 2-512753-000
Descripción
Casa de habitación. Se vende según avalúo 214-20901051275300-2023-U, realizado por el perito Arquitecto GUIDO ALONSO VARGAS MESÉN, del 16 de noviembre 2023 y con base en el plano A-1685197-2013, que está inscrito en Registro en finca 2-512753-000 (zona catastrada, no presenta inconsistencias), situado en distrito 01-OROTINA, cantón 09-OROTINA provincia 02-ALAJUELA, Terreno de topografía Plana con leve pendiente hacia su colindancia sur. Terreno 117m2. Construcciones 65.8m2. Según consulta registral: ANOTACIONES SOBRE LA FINCA: NO HAY, GRAVAMENES o AFECTACIONES: NO HAY. La vivienda presenta las siguientes condiciones: según estudio de registro, hacia el norte cuenta con frente a calle publica de 8 metros, no obstante, el acceso indicado en el plano de catastro como “peatonal público de 1.89 metros de ancho” no cumple con la condición de calle pública como está señalado en el asiento registral, se advierte que la propiedad se considera enclavada, por acceso no inscrito, por lo que el futuro comprador deberá realizar la consulta a la Municipalidad de manera formal sobre este acceso. La edificación se ubica a 74 metros de cuerpo de agua. La vivienda se encuentra en mal estado de conservación, requiere mejoras a nivel general y mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo la pintura en general, el sistema eléctrico, además de malas condiciones en: paredes, marcos de puertas y ventanas, repellos, cielos y pisos (en algunas áreas desprendidos o quebrados), además de fisuras o desplomes. La placa de cimentación se encuentra semi expuesta, se observan cajas rectangulares sin tapas, cables expuestos, cuchilla eléctrica, el tanque séptico se encuentra en mal estado, las aguas grises desfogan a caño o cuneta ubicado sobre su colindancia sur. Los aleros no cuentan con cielo raso, canoas ni bajantes, no hay canalización de pluviales, cubierta, enchapes en mal estado, no cuenta con lavatorio y piezas sanitarias en mal estado, estructuras metálicas afectadas por corrosión, afectación por polillas y comején. El inmueble se vende de contado o con financiamiento máximo el valor del terreno por un monto de ¢6.097.689, la diferencia con respecto al valor de venta deberá ser aportado mediante pago de contado o financiamiento con garantía independiente a satisfacción del Banco Nacional, aplican restricciones (respetando las políticas y procedimientos del Banco Nacional de Costa Rica), en el sentido que el cliente debe ser sujeto a crédito y la garantía a presentar debe ser a satisfacción del Banco. Se recomienda que el interesado solicite al ejecutivo de venta un pre estudio de crédito antes de ofertar. La vivienda está desocupada, se advierte al oferente que en caso de que posterior a la firma de la venta de la vivienda existan ocupantes y no se retiren del inmueble en forma pacífica corresponderá al comprador proceder con el desalojo y asumir los costos que esta gestión genere. Cualquier tipo de trabajo que requiera el inmueble por problemas posteriores a la venta, serán responsabilidad única del comprador, por lo cual el comprador acepta los bienes en el estado físico y de conservación en que se encuentre el bien indicado. El comprador acepta el terreno y los linderos con las medidas señaladas en el cartel de venta, las cuales se mencionan en el avalúo supra indicado de la propiedad, de acuerdo con el plano catastrado y lo que indica el estudio del Registro Nacional, por lo que cualquier diferencia de cabida existente contra la comprobación de campo quedará a discreción del comprador realizar los trámites legales para su reposición o rectificación, asumiendo el comprador por su cuenta los gastos que genere esa gestión, la propiedad no cuenta con demarcación en sus vértices según derrotero, dado que el Banco Nacional manifiesta que los linderos no han sido verificados topográficamente (en sitio), el comprador con la firma del cartel de venta y/o formulario de oferta de compra exonera al Banco Nacional de Costa Rica, sus funcionarios y Notario a cargo de realizar la escritura, de cualquier responsabilidad presente o futura por la diferencia de cabida. El Banco Nacional no garantiza ni asume responsabilidad por el tipo de uso del suelo de la propiedad que otorgue la municipalidad respectiva, en caso de futuras gestiones, tampoco garantiza el estado del inmueble. La propiedad no posee servicios públicos activos, el Banco Nacional no garantiza los servicios públicos en la propiedad, ni el acceso a los mismos. Nota 1: El oferente deberá inspeccionar la propiedad y de considerarlo necesario hacer los estudios y revisiones correspondientes, ya que el comprador manifiesta que con la presentación de la oferta acepta expresamente las condiciones de los bienes, acepta adquirir el inmueble en el estado físico, de uso, conservación, posesión y condiciones en que se encuentra, bajo su propio criterio y responsabilidad, expresamente declara que tuvo oportunidad suficiente para inspeccionar el inmueble y realizar por su propia cuenta todas las verificaciones que consideró necesarias, aceptando expresamente los riesgos asociados a las condiciones propias del inmueble, físicas, legales, topográficas, geológicas, ambientales, constructivas, registrales, municipales (accesos, uso de suelo y permisos, si lo requiere y según los necesite) y servicios públicos (si lo requiere y según los necesite) y demás circunstancias informadas. El comprador libera al Banco Nacional de Costa Rica, a sus funcionarios y al notario designado de reclamaciones presentes y futuras relacionadas con condiciones, características o situaciones del inmueble que hayan sido informadas, visibles, verificables o razonablemente determinables mediante la inspección realizada en sitio en la etapa de venta y/o por consulta ante las autoridades competentes, y reiterando que se encuentra plenamente apercibido de cada una de las condiciones del inmueble aquí relacionado, manifestando su plena conformidad para adquirirlo bajo las condiciones en las cuales se encuentra, se reitera que fueron advertidas al oferente antes de presentar su oferta a esta Institución. Nota 2: En el caso que aplique financiamiento, presentando una garantía diferente a la propiedad en venta, el rubro por concepto de póliza de vida se debe cancelar el día de la firma de la escritura de traspaso de forma anticipada por cuenta del adjudicatario, monto aproximado: ¢60,000.00 (este monto podrá variar dependiendo de factores como edad del deudor, nivel de endeudamiento general del deudor, monto ofrecido por la propiedad por el adjudicatario, entre otros), este monto NO es financiable, lo que significa que para el día de la firma debe ser aportado por el adjudicatario. Nota 3: El adjudicatario debe verificar el acceso a la propiedad, se indica en plano que es peatonal público de 1.89 metros de ancho, se considera enclavada por que el acceso no está inscrito, el comprador debe realizar la gestión y asumir el costo correspondiente, así como la revisión de cualquier anotación registral (si la hay). Nota 4: El adjudicatario con la firma de la declaración jurada, que es parte del cartel de oferta, acepta expresamente y de manera voluntaria, que deberá asumir por su cuenta todas aquellas facturaciones pendientes de pago por concepto de servicios públicos de períodos anteriores a la adjudicación en firme de la propiedad al Banco Nacional de Costa Rica, por cuanto se constituye como una obligación por parte del oferente, así como realizar las consultas pertinentes ante las empresas proveedoras del servicio a fin de constatar la existencia o no de facturaciones pendientes de previo a presentar su oferta. El Banco Nacional advierte que la propiedad no tiene conectados los servicios públicos, por lo que el eventual adjudicatario de la propiedad debe realizar las gestiones correspondientes para la reinstalación de los servicios públicos, así como asumir los gastos que esta gestión genere. Nota 5: Para todos los casos donde el aporte supere los $10.000 (diez mil dólares US o su equivalente en colones), los adjudicatarios deberán aportar la declaración jurada de origen de fondos por medio de su abogado de confianza. El adjudicatario/cliente está obligado, por la ley 8204 sobre estupefacientes, sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, a mantener actualizada su información personal y presentar la documentación que respalde el origen de los fondos del aporte como parte de las condiciones de venta una vez presentada su oferta y adjudicada por el Comité de Adjudicación de Bienes Temporales.
Fuente consultada el 1 oct 2026
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